El pasado 31 de mayo del 2013 el SAT publicó la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, dentro de las modificaciones presentadas se encuentra la eliminación de la facturación electrónica CFD tanto para personas físicas como para personas morales sin importar sus ingresos o fecha en que se adopto la facturación CFD.
Por lo anterior todas las personas que adoptaron la facturación electrónica CFD antes del 1º de enero de 2011 tendrán que brincar a facturación CFDI sin importar sus ingresos, por lo que la fecha límite para facturar CFD será el 31 de diciembre del 2013, motivo por el cual en Despacho Oriente sugerimos que realicen este cambio lo antes posible durante 2013 antes de llegar a la fecha limite.
Si tu facturación es CFD realiza el cambio a CFDI ahora y evita quedarte sin facturación durante 2014, de igual forma a partir del 1º de enero de 2014 será tu obligación no aceptar facturas CFD de proveedores ya que estas no serán validas como deducciones autorizadas.
En la transición de 2011 a 2012 para usar facturación electrónica CFD durante los últimos días de diciembre se vivieron caídas de los servidores del SAT para generar el Certificado de los Sellos para poder facturar, por lo que les recomendamos no esperar al ultimo día para evitar este tipo de problemas y que la transición a CFDI sea lo más cómoda para todos.
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