mié

11

mar

2015

RIF no pagará impuestos en 2015, cómo se realizó durante 2014

El día de hoy 11 de marzo de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “DECRETO por el que se amplían los beneficios fiscales a los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal” en dicho documento se amplían los beneficios del RIF que tuvieron durante 2014, por lo que durante 2015 siguen vigentes las reducciones del 100% para IVA, ISR de igual forma para IEPS.

 

Por lo que continuamos con los beneficios exactos que durante 2014, para RIF que venga a público en general o tenga facturas con IVA desglosado, por lo que ya es posible desde hoy realizar la declaración correspondiente al bimestre Enero – Febrero 2015.

 

Se esperaba que para este primer bimestre de 2015 la reducción del 100% pasara a ser del 90%, pero de acuerdo al decreto, la medida se toma gracias a la respuesta positiva de los contribuyentes de este régimen, quienes se han sumado a la formalidad aprovechando estos beneficios, por ese motivo se ha decidido continuar con estos beneficios para impulsar a más contribuyentes y premiar de alguna forma a los que ya han decidido sumarse a esta iniciativa.


Fuente: Diario Oficial de la Federación 11 de Marzo de 2015

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lun

05

may

2014

Nueva prorroga para Régimen de Incorporación

El SAT continua con las adecuaciones para los cambios en el sistema tributario de 2014, uno de ellos es el sistema para que el nuevo Régimen de Incorporación Fiscal presente sus declaraciones bimestrales, el pasado 3 de Mayo de 2014 emitió un comunicado informando de una nueva prorroga para presentar estas declaraciones.

 

La última prorroga informaba que la declaración del 1er y 2º bimbestre del Régimen de incorporación debía presentarse antes del 17 de Mayo, fecha que ya estaba cerca y el SAT aún no contaba con la herramienta para dichas declaraciones, por lo que en el comunicado se informa una nueva prorroga para hacer estas declaraciones, se realizarán hasta el mes de Julio de 2014.

 

En el mismo comunicado se informa que siguen trabajando en esta herramienta para presentar las declaraciones pero que durante mayo o junio van a lanzar un simulador para que los contribuyentes de este régimen se comiencen a familiarizar con el sistema pero será hasta julio cuando sea lanzado de forma oficial.

 

Nuestra recomendación como siempre es tener todo listo para presentar las declaraciones en tiempo, al día de hoy los contribuyentes y contadores ya deben tener toda la documentación del 1er y 2º bimestre por lo que ya pueden tener lista la contabilidad para esperar a que el sistema sea lanzado y presentar las declaraciones sin más retrasos.

 

En Despacho Oriente contamos con más de 25 años de experiencia, precios competitivos y un excelente trato para ti y tu negocio, acércate a nuestras oficinas para obtener la mejor asesoría y cumplir con tus obligaciones fiscales en tiempo y forma.

 

Puedes descargar el comunicado oficial del SAT en el siguiente link: 

Comunicado Oficial del SAT
Comunicado 068-2014_28iF.pdf
Documento Adobe Acrobat 323.8 KB

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jue

03

abr

2014

Todo sobre la Declaración Anual de Personas Físicas 2013

Llegó el momento de presentar la Declaración Anual de Personas Físicas de 2013, entre problemas, prorrogas, falta de información y comunicación del SAT debemos cumplir con esta obligación, por lo que en Despacho Oriente te damos toda la información que necesitas saber.

 

¿Quién debe hacer la Declaración Anual?

 

Todas las personas físicas que tuvieran ingresos durante el año 2013, aunque fuera solo una parte o el año completo y tengan las siguientes actividades:

 

  • Arrendamiento de inmuebles (Expiden recibos de arrendamiento)
  • Servicios profesionales (Expiden recibos de honorarios)
  • Actividades empresariales régimen general o régimen intermedio (Expiden facturas)
  • Salarios (nómina) o jubilados que cumplan alguna de éstas condiciones:

o   Tengan ingresos anuales mayores a $400,000

o   Tengan ingresos por dos o más patrones

o   Avisaran a su patrón antes del 31 de Dic del 2013 que ellos realizarían su declaración y tengan gastos personales.

 

¿Qué necesito para presentar mi Declaración Anual?

 

  • Todos los pagos provisionales de impuestos realizados durante 2013 (Arrendamiento, honorarios, régimen general o régimen intermedio)
  • Constancias de percepciones y deducciones expedida por el patrón (honorarios, salarios o jubilados)
  • Estados de cuenta en caso de tener inversiones con intereses a favor o en contra
  • La clave CIECF (Contraseña) o FIEL (Firma Electrónica Avanzada) en caso de tener devolución de más de $10,000
  • CLABE interbancaria para recibir la devolución en caso de obtener saldo a favor.

 

¿Qué gastos puedo deducir en mi Declaración Anual?

 

Independientemente de los gastos que deducimos en los pagos provisionales durante el año es posible presentar Gastos Personales pagados durante 2013 para obtener una devolución de impuestos en nuestra Declaración Anual, a continuación mencionamos que gastos puedes incluir:

 

  • Honorarios médicos, dentales y hospitalarios que estén a nombre del contribuyente y que fueran para él o para sus papás, hijos o conyugue.
  • Estudios de laboratorio, análisis clínicos y aparatos médicos de recuperación.
  • Lentes ópticos con graduación hasta menores a $2,500.
  • Intereses reales por créditos hipotecarios.
  • Donativos a organizaciones autorizadas por el SAT y que no superen el 7% de los ingresos del contribuyente durante el ejercicio.
  • Colegiaturas de instituciones de educación privada que amparen únicamente pagos de colegiatura de el contribuyente, padres, hijos o conyugue y fueran pagados con transferencia, cheque o tarjeta de crédito/débito, los limites para está deducción son los siguientes: 

o   Preescolar hasta      $14,200

o   Primaria hasta         $12,900

o   Secundaria hasta     $19,900

o   Nivel Técnico hasta$17,100

o   Bachillerato hasta    $24,500

 

NOTA: Cualquier gasto de la lista anterior debe contar con un comprobante fiscal autorizado, ya sea en formato CBB, CFD o CFDI, de otra manera no cumple con los requisitos para ser un gasto autorizado.

 

¿Tengo que pagar impuestos en la Declaración Anual?

 

En teoría no, ya que en caso de haber hecho pagos provisionales durante 2013 (Honorarios, arrendamiento, régimen general o régimen intermedio) o tener retenciones (salarios o jubilados) ya se pagaron los impuestos del 2013 por adelantado o nuestro patrón lo hizo por nosotros, pero es posible que al calcular los impuestos de todo el año no coincida con nuestros cálculos provisionales, de igual forma si se tuvieron dos patrones o varios ingresos es posible que nuestra declaración anual salga con un pago ya que al acumular los ingresos por varias actividades brincamos a un renglón más alto de impuesto, mismo que no se calculo por separado en cada actividad.

 

En caso de que nuestra Declaración Anual salga con pago, el sistema nos genera una línea de captura con la cual solo basta acudir al banco para pagar el impuesto.

 

¿Qué es la devolución de impuestos?

 

En caso de haber hecho pagos provisionales durante 2013 (Honorarios, arrendamiento, régimen general o régimen intermedio) o tener retenciones (salarios o jubilados) ya se pagaron los impuestos del 2013 por adelantado pero al ingresar gastos en la Declaración Anual, es posible que tengamos un saldo a favor el cual si cumplimos en tiempo y forma con la declaración nos devolverá el SAT de forma automática.

 

¿Cuál es la fecha limite para presentar mi Declaración Anual?

 

Cada año la fecha limite para presentar la declaración es el 30 de Abril, hasta el día de hoy no hay cambio y sigue siendo la fecha límite, en Despacho Oriente consideramos que las fallas y retraso de su sistema para presentar la Declaración Anual de Personas Físicas 2013 amerita una prorroga de al menos un mes para que todos los contribuyentes cumplan con esta obligación, pero la última palabra la tiene el SAT así que habrá que esperar.

 

¿Cómo hacer mi Declaración Anual?

 

En Despacho Oriente contamos con más de 25 años de experiencia, llama hoy mismo para solicitar nuestros servicios o aclarar tus dudas al 5654-1352, 5654-5577 o 5654-1226, nuestras oficinas están en el Distrito Federal pero podemos atenderte sin problemas desde cualquier parte de la republica, nuestro servicio garantiza que tu declaración se hará en tiempo y de forma correcta.

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